El Ministerio de Hacienda fijó el 30 de abril como fecha límite para que personas naturales y jurídicas presenten la Declaración del Impuesto sobre la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2025. Quedan tres días. Quienes no cumplan en tiempo se exponen a una multa fija de $75, sin importar si el resultado es a pagar o a devolver. Si además existe impuesto pendiente, se generan intereses adicionales calculados por la misma institución. ¿Quiénes están obligados a declarar? Deben presentar la declaración las personas asalariadas con ingresos anuales superiores a $6,600, los profesionales independientes, los comerciantes inscritos en el IVA y quienes hayan tenido más de una fuente de ingresos durante 2025, aunque se les hayan aplicado retenciones mensuales. Las personas jurídicas están obligadas sin excepción si registraron ingresos gravables el año pasado. El trámite es solo en línea El Ministerio de Hacienda no habilitó atención presencial para recibir declaraciones. El proceso se realiza únicamente a través de su portal oficial, en la sección de servicios en línea de la Dirección General de Impuestos Internos, formulario F11-Renta. Opciones de pago Para quienes no puedan cancelar el monto completo, Hacienda permite fraccionar la deuda hasta en seis cuotas, con la condición de abonar al menos el 10% del total al momento de la solicitud. La recomendación del director general de Impuestos Internos, Marvin Sorto, fue directa: "Presente su declaración, no espere hasta el último momento." 🔗 mh.gob.sv → Servicios en línea → F11 Renta Economía | #PlumaLibre #Sonsonate #ElSalvador #DeclaraciónDeRenta #Hacienda
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Contribuyentes tienen hasta el 30 de abril para declarar la renta

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